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Rige hasta el domingo

La moneda está en el aire: comenzó la veda por las elecciones internas

Los partidos políticos definen las candidaturas presidenciales. (Dibujo: NOVA)

A partir de este viernes 28 de junio, comienza a regir en el país la veda electoral por los comicios internos que tendrán lugar el domingo 30, último día del mes, fecha en la cual los uruguayos dirimirán quienes serán los candidatos que representarán a cada partido en las elecciones presidenciales.

Además, en esta instancia se votarán a quienes integrarán las Convenciones Nacionales y Departamentales de cada colectividad. Cabe recordar que, solo en este caso de las internas, el voto no es obligatorio.

En cuanto a las normas que rigen durante el período de veda, la ley 16.019 establece que ésta entra en vigencia 48 horas antes del comicio. En virtud de ello, la Corte Electoral difundió una circular, la número 11.442, en la que se establece que esto está vigente desde las 00.00 de este viernes, 28 de junio.

El texto legal indica que en las próximas 48 horas está prohibida la “realización de actos de propaganda proselitista en la vía pública o que se oigan o perciban desde ella, o que se efectúen en locales públicos o abiertos al público y en los medios de difusión escrita, radial o televisiva”.

No obstante, hay que resaltar que la publicación no incluye alguna referencia a plataformas o sitios en internet.

Además, está prohibida "la realización y difusión por dichos medios de encuestas o consultas, así como de cualquier tipo de manifestaciones o exhortaciones dirigidas a influir en la decisión del Cuerpo Electoral".

Por otro lado, la ley 7.812 dice que durante el día de la votación, “no podrán efectuarse espectáculos públicos en local abierto o cerrado, ni manifestaciones o reuniones públicas de carácter político”. También está prohibido realizar actos en la vía pública “que procuren obtener adhesiones con cualquier finalidad o actos de propaganda proselitista”.

Únicamente está permitida la distribución de hojas de votación (popularmente llamadas “listas”). Pero, atentos todos, estas entregas solo podrán realizarse a una distancia mayor a los 100 metros de los locales donde estén instalados los circuitos de votación.

Por último, vale recordar que tampoco se pueden vender bebidas alcohólicas a partir de las 24 horas previas al término de la votación.

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